Gestión fiscal del desplazado en España
En caso de que por las circunstancias particulares del trabajador desplazado éste tuviera obligación de realizar en España la presentación de determinadas declaraciones fiscales, aun en el caso de producirse un cambio de residencia a efectos tributarios, gestionaríamos la prestación de estos servicios, concretados en la realización del cálculo, elaboración y presentación de dichas declaraciones fiscales:
- Impuesto sobre la Renta de No Residentes (modelo 210), atendiendo a los rendimientos (reales o presuntos) y ganancias patrimoniales que se generen en España y se sometan a tributación por este impuesto.
- Impuesto sobre el Patrimonio, en los casos de que proceda por obligación real.
- Cualquier otra gestión derivada del cumplimiento de las obligaciones tributarias en España en sede de la AEAT.